Prefecto asume funciones políticas y MEF cubrirá
gastos de servicios públicos locales
Provincia de Chiclayo es declarada en emergencia por presidente de la
República en inusual acción de gobierno
Octubre,13,2006.- La bicefalia del municipio de la provincia de
Chiclayo en Lamabyeque, producto de dos resoluciones de dos instancias,
ambas en sentido contradictorio, llevó a la intervención del Gobierno
Central para declarar en emergencia dicha provincia, que se estaba
llenando de basura por la inacción del aparato municipal para cumplir
con sus competencias. Esta medida es excepcional y durante la última
cincuentena de años no se ha visto una salida de emergencia de esta
naturaleza.
Para el presidente Alan García Pérez, “Una situación de caos, de
desorden y de desgobierno se ha producido y continúa produciéndose en la
provincia de Chiclayo. El enfrentamiento de dos instituciones, con su
propia interpretación de la Constitución cada una, ha determinado que en
estos momentos existan dos alcaldes, e inclusive un nuevo pretendiente a
la alcaldía interina" .
Tomando como referencia lo sucedido, manifestó que "Todo a esto, a vista
y paciencia del país entero, ha determinado la destrucción de un
monumento histórico y fundamental del pueblo chiclayano, que es su
municipio, y ha interrumpido la prestación de servicios a los que tiene
obligación la autoridad local y en estos momentos determina que la
ciudad de Chiclayo, tan querida por todo el Perú, viva asaltada por la
basura, y por consiguiente, con un grave peligro para la salud de todos
sus pobladores".
García sostuvo que "Ante esto, no podemos quedarnos cruzados de brazos
ni los representantes del pueblo en el Congreso, pueden mirar esta
situación sin hacer nada con el pueblo de Chiclayo, sin ningún objetivo,
ni político ni partidario, sino para cumplir los objetivos del Estado y
del Gobierno; por tal razón, el Gobierno a través de un decreto supremo
declara en emergencia la provincia de Chiclayo. El artículo 110 de la
Constitución confía al presidente de la República el carácter de jefe
del Estado personificando a la Nación. El artículo de la Constitución
establece como primer principio la defensa de la persona humana y el
respeto de su dignidad, cosa que no se está cumpliendo en la provincia
de Chiclayo por la inconducta de estas malas autoridades".
En la sorpresiva medida se invoca el el artículo 118 de la Constitución
que establece como atribución del presidente de la República cumplir y
hacer cumplir las leyes, velar por el orden interno, y dictar medidas
extraordinarias cuando así lo determine la situación; asimismo, el
artículo 137 de la Constitución, mediante el cual se ampara la
declaratoria de emergencia la provincia de Chiclayo. Se suspende las
garantías constitucionales establecidas en el artículo 137 de la
Constitución, y de acuerdo a él, en los incisos 9, 10 y 11 del artículo
2 de la misma Carta Magna.
Para efectivizar el cumplimiento de las obligaciones municipales
mediante esta declaratoria de emergencia asume la jefatura política de
la provincia de Chiclayo el prefecto del departamento, don Guillermo
Baca Aguinaga, teniendo como objetivos el restablecimiento del orden
público y además la prestación de los servicios esenciales que han sido
interrumpidos para la población de Chiclayo. Para esta finalidad, podrá
requerir la intervención de la Policía Nacional del Perú y de las
Fuerzas Armadas del Perú con el propósito de cumplir estos objetivos. |