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05 de Enero del 2007
El Regional de Piura
Cerca de 90% de las empresas proveedoras del Estado sería PYME

Beneficios para empresas nacionales en compras del Estado no deben eliminarse ni en el corto ni el mediano plazo, dice la CCL

Enero,05,2007.- En opinión de la Cámara de Comercio de Lima, la propuesta para eliminar el trato especial que reciben las empresas nacionales para compras del Estado no debe prosperar ni en el corto ni en el mediano plazo.

El gremio empresarial señala que debido a la precaria estructura productiva del Perú, una eliminación de los beneficios a las empresas nacionales le restaría herramientas que le permitan enfrentar con proveedores internacionales, de características disímiles en tamaño y canales de distribución.

MYPE las más afectadas

La CCL sostiene que de suprimir el trato especial para las empresas peruanas se afectaría principalmente a la micro y pequeña empresa, pues según información de la Comisión para Promoción de la Pequeña y Mediana Empresa (PROMpyme), en 2005 cerca del 90% de las empresas proveedoras del Estado estuvo compuesto por PYME.

“La eliminación del beneficio porcentual en la clasificación de las empresas proveedoras de bienes al Gobierno significaría un retroceso abrupto en la consolidación de dicho sector productivo”, advirtió la CCL.

No existe urgencia para eliminar estos beneficios. La Cámara de Comercio de Lima considera que debería promoverse las capacidades competitivas de los pequeños, medianos y micro productores. “Sólo de esa manera, podría aplicarse una reducción escalonada”, planteó el gremio empresarial.

Compatible con la OMC

De otro lado, la Cámara de Comercio de Lima señaló que si bien de acuerdo con la Organización Mundial de Comercio (OMC), el comercio internacional de bienes y servicios promueve los principios multilaterales de no discriminación ni de trato preferencial, esta excepción sí es posible en la contratación de mercancías y servicios de un Gobierno para su propio uso.

En tal sentido, cualquier Gobierno tiene la potestad (excepto los firmantes del Acuerdo Plurilateral de Contrataciones Públicas) de mantener prácticas promotoras en cuanto a los oferentes de bienes y servicios para su uso.

En ese marco, fue que se creó la Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional (Nº 27143 y modificatorias), mediante el cual se otorga un 20% de bonificación sobre la calificación técnica y económica.

Cabe recordar que en julio del 2003 se promulgó la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa (modificada por la Ley Nº 28851), la cual establece que el 40% del monto de las compras del Estado deben ser provisto por micro y pequeñas empresas (MYPE), y en caso no poder ser por ellas las proveedoras, participan del proceso de adquisición de los bienes como veedores.

Finalmente, la CCL recordó que el tema de compras públicas se negocia en los acuerdos comerciales bilaterales, como es el caso del TLC con Estados Unidos.

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