En caso de carta fianza en Piura
Aclaran que consorcio Punta Azul
no ingresó expediente por conducto regular
Julio,04,2008.- Piura.- El
gerente Territorial y de Transportes de la Municipalidad
Provincial de Piura, Jesús Moreno Mantilla, desmintió
que la jefatura de Obras no haya querido recibir la
carta fianza del consorcio Punta Azul, que ejecuta la
obra de Mejoramiento y Ampliación del Sistema de
Alcantarillado y Agua Potable en el sector Nor Oeste de
la ciudad.
“Lo que ha pasado es que el
consorcio Punta Azul no ha ingresado por conducto
regular el documento. El representante de la empresa le
entregó la documentación al supervisor Guillermo Burga
Carranza el viernes pasado, habiéndosela devuelto por
estar incompleta, ya que carecía del calendario de
adquisiciones de materiales y no presentaba la
justificación de la cantidad de material a utilizar. El
expediente no ingresó formalmente a la municipalidad
provincial”, remarcó.
Asimismo dijo que recién hoy
(jueves) el consorcio Punta Azul ingresó con carta
notarial, el expediente por mesa de partes, dirigido a
la alcaldesa Mónica Zapata de Castagnino.
“Ahora nuestra gerencia se
encargará de darle el trámite correspondiente ante el
Ministerio de Vivienda y Construcción y si la
documentación presenta alguna observación, se le
solicitará a la empresa que los subsane”, explicó.
Moreno Mantilla manifestó
que para solicitar la entrega de adelanto para
materiales e insumos se debe cumplir con el artículo 245
del Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del
Estado.
El artículo señala que las
solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales
o insumos, deberán realizarse con la anticipación debida
y siempre que se haya dado inicio al plazo de ejecución
contractual, en concordancia con el calendario de
adquisición de materiales e insumos presentados por el
contratista. “El documento entregado al supervisor no
contaba con este requisito”, señaló.
La norma añade que no se
procederá al otorgamiento del adelanto de materiales o
insumos en los casos en que las solicitudes
correspondientes sean realizadas con posterioridad a las
fechas señaladas en el calendario de adquisición de
materiales.
Para el otorgamiento del
adelanto para materiales o insumos se deberá tener en
cuenta lo dispuesto en el D.S. 011-79-VC y sus
modificatorias, ampliatorias y complementarias. |