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Situación de vulneración de los Derechos Humanos de la Mujer en el Conflicto Armado colombiano

Tania Arzapalo Villón (*)
El Regional de Piura: 11 de junio del 2008

“Era de noche. Llegaron dos hombres armados que vestían prendas militares, camuflado, armas, y se identificaron como paramilitares. Se llevaron a mi esposo fuera de la casa y todo el tiempo le apuntaron con el arma. La niña lloraba. Yo cerré la puerta. Uno de los hombres se devolvió y gritó que abriera la puerta o la tumbaba [...] Yo logré calmar a la niña y la arrullé hasta que se durmió. Entonces el hombre me sacó de la habitación y me llevó al corredor para interrogarme. Allí, en un banco que hay en el corredor, me amenazó con matarme si no me dejaba. Me quitó la ropa, me tapó la boca y me forzó. Me violó. Luego me dijo que me vistiera y también dijo: Aquí no pasó nada. Las mujeres, al fin y al cabo son para esto1”.

Este testimonio no hace sino revelarnos la grave situación de violación de los derechos humanos que tienen que enfrentar las mujeres, jóvenes y niñas frente al conflicto armado colombiano, pues durante muchos años ellas se han convertido en titulares de muchas agresiones y actos de violencia.

Por citar algunos hechos tenemos, el secuestro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) a la ex candidata presidencial Ingrid Betancourt y la liberación en los primeros meses de éste año de tres mujeres secuestradas – Clara Rojas, Consuelo González de Perdomo2 y Gloria Polanco de Lozada3 -; éstos sucesos no son los únicos que se perpetran en Colombia pues en el Informe presentado por el Representante del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos, Walter Kälin - Misión a Colombia4 se menciona que muchas niñas son obligadas a mantener relaciones sexuales con miembros de las fuerzas armadas o grupos armados y que las mujeres han tenido que desplazarse como consecuencia del asesinato de sus esposos o para proteger a sus hijos del reclutamiento forzoso por grupos armados y protegerse así mismas de la violencia sexual.

Estas violaciones a los Derechos Humanos no demuestran que hace falta Instrumentos de Derecho Internacional o instrumentos de Derecho Interno para que los derechos de la mujer sean garantizados de manera adecuada5; por lo contrario evidencian la ausencia de recursos efectivos que permitan la protección a éste sector desprotegido y una falta grave diseño e implementación de políticas y programas dirigidos a prevenir las violaciones de derechos humanos que son sometidas las mujeres.

La mujer colombiana no sólo tiene que enfrentar las propias condiciones de desigualdad, discriminación y violencia que por su propia condición están presentes; sino éstas condiciones se agravan al ser explotadas y abusadas por los actores del conflicto armado6. Específicamente los tipos de violencia, como lo habíamos señalado en líneas anteriores, están relacionados a la agresión sexual, física y psicológica contra mujeres, jóvenes y niñas como táctica para aterrorizar y lesionar al enemigo7.

En otras situaciones las mujeres que se ven forzadas a desplazarse enfrentan junto a sus familias discriminación8 y carencias económicas que impide el restablecimiento y reconstrucción de su hogar; esta situación de desplazamiento además afecta el goce de derechos económicos9, sociales y culturales, entre ellos, el acceso a la educación pues éste desarraigo forzado impide la instrucción de las mujeres que se encuentran en etapa de formación.

Por otro lado corresponde también a los Estados asistir a las víctimas – mujeres, jóvenes y niñas – al Derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación del daño causado; pues no es posible que puedan continuar sus vidas si la principal causa por la que han sido vulneradas no ha sido determinada y en caso de requerirlo ser sancionada.

El conflicto armado en Colombia se remonta hace muchos años, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC),el Ejército Popular de Liberación ("EPL") y las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC)10 son uno de los principales actores que ocasionan graves violaciones a los derechos humanos de las mujeres, jóvenes y niñas, convirtiéndose ellas en el principal blanco de éstas agresiones. El proceso de pacificación y el restablecimiento del Derecho no es sencillo y es necesario que los intentos por reducir los niveles de violencia y desigualdad contra la mujer sean fusionados, la generación de políticas y programas conjuntos requiere del desempeño integral de agentes de organizaciones públicas como privadas y de la población civil; solo así se podrá recuperar la paz y promover y garantizar los derechos humanos de la mujer.

* Asistente del Area de Buenas Practicas y Participación Ciudadana de la Comisión Andina de Juristas

[1] Guía para documentar y hacer visible el impacto de la violencia contra mujeres, jóvenes y niñas, en contextos de conflicto armado. Memoria de mujeres. Mujer y conflicto armado, Mesa de Trabajo. Bogotá, Colombia, 2006. Pág. 26.

[4] Informe presentado por el Representante del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos, Walter Kälin - Misión a Colombia.  A/HRC/4/38/Add.3 del 24 de enero de 2007. Párr. 15

[5] La obligación de los Estados en materia de Derechos Humanos en tiempos de Paz  deriva de la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA), la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y en tiempos de conflicto armado deriva de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Estatuto de los Refugiados  y su Protocolo Adicional, la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, y los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales de 1977. En el Sistema Universal los instrumentos internacionales que desarrollan los Derechos de la mujer son: Declaración Sobre Eliminación de la Violencia Contra la Mujer, Declaración Sobre la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer, Declaración y Programa de Acción de Beijing, Declaración Sobre la Protección de la Mujer y el Niño en Estados de Emergencia o de Conflicto Armado, Convención Sobre los Derechos Políticos de la Mujer, Convención Sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, Convención Sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada y el Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, que Complementa la Convención de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia Organizada Transacional. Y en el Sistema Interamericano: La Convención Interamericana Sobre Concesión de los Derechos Civiles a la Mujer, Convención Interamericana Sobre Concesión de los Derechos Políticos a la Mujer, Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, Convención de Belém Do Pará.

[6] Las mujeres frente a la violencia y la discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia.  OEA/Ser.L/V/II. Doc. 67. 18 octubre 2006, Párr. 46.

[7] Las mujeres frente a la violencia y la discriminación derivadas del conflicto armado en Colombia. Párr. 50.

[8] La Corte Constitucional de Colombia, ya se había pronunciado sobre la discriminación a la que son  sometidos los colombianos por el desplazamiento forzoso. Así lo señala en la sentencia T – 856-03. “Además, hay un indicio que no puede pasar desapercibido por esta Sala de Revisión: la situación sería tan grave para el joven indígena desplazado, que se vio obligado a retirarse del colegio, no obstante que contaba con el apoyo del rectos y de la psicóloga”.  El subrayado es nuestro.

[9] La prevalencia de la anemia en mujeres en situación de desplazamiento gestantes alcanza el 70% y el 23% de las mujeres embarazadas desplazadas tiene peso deficiente. Tomado del Programa Mundial de Alimentos (PMA), Organización Panamericana para la Salud (OPS). Estado nutricional, de alimentación y condiciones de salud de la población desplazada por la violencia en seis sub-regiones del país. Bogotá, enero de 2006. Citado en Observatorio delos Derechos de la mujer en Colombia. Sisima Mujer, con el apoyo dela Fundación Ford.

[10] Informe sobre  el proceso de desmovilización en Colombia. OEA/Ser.L/V/II.120. Doc. 60. 13 diciembre 2004. Párr. 59.

 

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