El Regional de Piura:
16 de junio del 2008
El
15 de junio de este año se han cumplido 25 años de la Ley Nº 23630 por
la cual se instituyó el beneficio del Canon Petrolero para los pueblos
del departamento de Piura.
Por supuesto que esta Ley en el fondo no ha cumplido con el objetivo de
resarcimiento justo a los pueblos productores, tal como lo demostró el
caso del distrito de Lobitos, en la provincia de Talara, que siendo el
segundo productor en el noroeste, durante 20 años sufrió la marginación
al ocupar el puesto 72º en el orden de distribución de un total de 79
beneficiarios de los departamentos de Piura y Tumbes; asimismo el
distrito -también talareño- El Alto que siendo el primer productor
-paradójicamente- ocupaba el puesto 58º.
La marginación de los pueblos productores llevó a exigir al Congreso de
la República que se modificara su distribución. Es por ello que se dio
la Ley Nº 24506 que establecía, en concordancia en la ley Nº 24793, que
a partir del 01.03. 1998 -al crearse la Región Grau- la provincia
productora de Talara, perciba el 10% del total del canon; asimismo, el
5% se destinó a la educación pública en todas sus modalidades: Educación
inicial, primaria, secundaria, tecnológica y pedagógica. Sin embargo,
como no es extraño en el Perú, estas normas legales no se cumplieron a
pesar de que Talara tuvo como representante en la Cámara de Diputados a
Rodrigo Bazán Díaz del Partido Aprista quien pasó como inadvertido, como
un parlamentario mudo que sólo se preocupó de favorecerse con la pensión
del DL Nº 20530, que obtuvo con la Ley Nº 25219. Y no sólo eso, en el
Gobierno Regional, Talara era representada por los diputados regionales:
Rodolfo Sánchez Torres (alcalde de ese entonces) y Manuel Mendoza
Criollo (representante de los trabajadores) quienes dieron una
demostración de estar perdidos y que no sabían qué hacer. Es por ello
que nunca se dieron cuenta que la Ley existía y debían exigir su
cumplimiento. Lamentablemente, esta ignorancia privó a Talara de recibir
15 millones de dólares.
En lo que corresponde al 5% asignado a la educación pública, en todas
sus modalidades, la ley no decía que ese porcentaje correspondía
exclusivamente a la Universidad Nacional de Piura, pero ésta continuó
usando el canon gracias al favor del presidente Alan García, quien antes
firmó el Decreto Supremo Nº 039 – 87 – EF. Esto permitió que la
Universidad Nacional de Piura continúe utilizando el 48% del canon en
gasto corriente (planilla) y 52% en infraestructura mayormente de
cemento como: cerco perimétrico, senderos peatonales (veredas),
auditorio, edificios de facultades, mantenimiento y modernización de
unidades de transporte, etc y apenas un 0,81% en infraestructura de
investigación que en el fondo no se trataba de inversión en
investigación.
La Universidad recién regularizó su situación legal con la ley Nº 27506
del 10.07.2001 pues gracias a la intervención de una Comisión de Piura
entre las que estaba el hoy congresista Jhonny Peralta Cruz, en el
artículo 6º numeral 6.2 se insertó el siguiente texto: “El canon
petrolero mantiene sus condiciones actuales de ejecución”, lo cual
generó el reclamo de la ciudadanía talareña, pues condenaba a continuar
percibiendo solamente un 5% sin ser reconocidos como zona petrolera.
Para los talareños esto era una discriminación legalizada y permitir que
el uso desordenado e indebido continuara.
Gracias a las leyes Nº 27763 del 27.06.2002 y Nº 28277 del 18.06.2004,
fueron modificados los índices de distribución a favor de las zonas
productivas. Esta es la razón por la cual la provincia de Talara y Paita
con sus respectivos distritos desde el año 2003 han mejorado el nivel de
sus ingresos por canon petrolero.
En el periodo del 1 de enero de 1993 al 30.11.2007 el canon percibido
por la Región Piura es de 1 Mil 683 Millones 745 Mil 950 Nuevos Soles
distribuidos de la siguiente manera:
Distribución del Canon Petrolero
Departamento de Piura
Del 01.01. 1993 al 30.11. 2007
(En Nuevos Soles)
|
Gobierno
Regional |
S/
599´315,600.oo |
|
Institutos
Tecnológicos y Pedagógicos |
46´677,810.oo |
|
Universidad
Nacional de Piura |
84´187,300.oo |
|
Gobiernos
Municipales |
953´565,240.oo |
|
TOTAL |
S/
1,683´745,950.oo |
A partir de la vigencia de la ley Nº 27763 del 01.01. 2003, la provincia
de Talara ha percibido 210 Millones 025 Mil 831 Nuevos Soles de los
cuales 99 Millones 442 Mil 161 Soles que corresponden a la Municipalidad
de Talara.
Por otro lado el Instituto Superior Tecnológico “Luciano Castillo
Colonna” tiene asignado 16 Millones 629 Mil 124 Soles. Las cifras
corroboran que no es poco dinero lo que han administrado el Gobierno
Regional, la Universidad Nacional de Piura, Institutos Tecnológicos,
Pedagógicos y los Gobiernos Locales.
El gobierno regional y los gobiernos locales tienen la obligación de
demostrar si lo que han recibido ha sido administrado cuidadosamente y
moralmente. Deberían presentarnos debidamente identificadas las obras y
proyectos de impacto financiados con dineros del canon. Constituyen
formas de malversación que gobiernos locales, como la Municipalidad
Provincial de Talara, haya utilizado partidas del canon para contratar
personal bajo el cuento de fortalecimiento institucional, cuando en la
primacía de la realidad se trata de contratos de trabajo y los
favorecidos son militantes del partido o grupo gobernante.
Existen casos clamorosos como el de una municipalidad de Tumbes que con
dinero del canon petrolero construyó un monumento al árbitro.
Por otro lado, la Universidad Nacional de Piura solo toma al canon como
dinero caído del cielo que puede malgastarlo sin importar su rol
fundamental de investigación. Esta deberá rendir cuentas justificando si
el dinero del canon lo utilizó en investigaciones y qué pobladores se
han beneficiado. Es su obligación conforme a la ley Nº 28927, novena
disposición final.
El caso particular de la Universidad Nacional de Piura, resulta ser de
paradoja, pues hasta ahora los ciudadanos de Talara no conocen un
beneficio por ésta en retribución al canon que reciben por el petróleo
que se extrae del subsuelo y zócalo continental de esta provincia
productora. En una oportunidad la Mesa de Concertación para la Lucha
contra la Pobreza de Talara le solicitó a la UNP que como parte de su
proyección realizara un censo para conocer la realidad socio - económica
del distrito de Pariñas, pero la respuesta de la universidad
beneficiaria del canon fue poner condiciones para realizar el trabajo,
empezando por un alto precio económico.
Pero esto no es la única paradoja que expresa la insensibilidad de la
UNP con Talara, a pesar de la cuantiosa deuda moral, existen otras
expresiones de indiferencia y maltrato como lo fue el retiro de las
Escuelas Profesionales que funcionaban en Talara en 1997, el pretexto
fue que no se contaba con local propio; sin embargo, al año siguiente
Petroperú S.A. le desaportó y donó un pabellón ubicado en la Avda.
Bolognesi, que la Universidad actualmente lo utiliza en uno de sus
mejores negocios como lo es la academia pre universitaria UDEPUNP, a
pesar que en el acuerdo del Directorio obra que la donación fue para que
funcionaran las Escuelas Profesionales.
Si, en los últimos cinco años la Municipalidad Provincial de Talara ha
administrado 100 Millones de Nuevos Soles solamente por canon, su
responsable debería explicar las razones por las cuales en el año 2007
no ha sido visible la ejecución de obras, y lo que es más grave hasta lo
que va del 2008 continúan paralizadas obras que se iniciaron en plena
campaña electoral del 2006.
Muchos son testigos de la paralización de las obras, los días siguientes
de obtenida la reelección. No se puede demostrar objetivamente en qué se
han invertido los 30 Millones por canon percibidos en el año 2007 que
debieron utilizarse en lo programado en el Presupuesto Participativo
elaborado el 2006 y que corresponde ejecutarse al año siguiente.
Talara tiene un pésimo servicio de agua y alcantarillado desde el
terremoto del 08.12.1970 que se agudizó con el Fenómeno El Niño de los
años 1982 y 1997-1998; sin embargo, el Gobierno Municipal de Talara ha
distraído el dinero en obras intrascendentes, innecesarias y en pago de
remuneraciones a partidarios, tal como lo demuestran la Resolución
Jefatural Nº 425-10-2006-ORRHH-MPT del 27.10.06, Resolución de Alcaldía
Nº 740-06-MPT del 09.06.06 y Nº 766-06-2006-MPT del 13.06.06, por citar
sólo tres ejemplos.
No se pueden implementar programas de salud, porque es indispensable
contar con suficiente servicio de agua y alcantarillado; sin embargo, el
alcalde ha desperdiciado 100 Millones de Soles, aunque sus “periodistas”
digan que es la mejor de todas las gestiones. Como no es poco el dinero
que han administrado las Municipalidades y resulta evidente la
existencia de irregularidades, cabe hacer un enjuiciamiento sobre la
función que cumplen los representantes de la Contraloría General de la
República en los Gobiernos Locales, porque nos sorprende su actitud
indiferente ante la pésima administración de los recursos públicos.
Si en 25 años el canon petrolero nos arroja un balance desfavorable en
su administración, resulta pertinente plantear algunas reformulaciones
para lograr su uso eficiente.
Es urgente cortar de raíz los defectos que presenta el canon en el
asunto de administración por parte de los gobiernos regionales,
gobiernos locales, universidades, así como la inoperancia de los
representantes de Contraloría General de la República; asimismo, es
tiempo que el Instituto Superior “Luciano Castillo” con el 2% que
percibe por concepto de canon de un cambio radical, empezando por
cambiar su horario de estudios, así como implementándose de
equipamiento, laboratorios, infraestructura logística y capacitación
docente pues con sus recursos que no los posee otro instituto de su
nivel, debe constituirse en el mejor del Perú.
Consideramos justo volver al Proyecto de Ley que se sustentó en el año
1994, que fue presentado a las Municipalidades Provinciales de Talara y
Piura, a través del cual se propuso la constitución de un Consejo de
Canon que asuma las siguientes responsabilidades: Fiscalizar los niveles
de producción; Controlar los pagos que por compensación corresponden a
la producción y a los ingresos que percibe el Estado por la explotación
de los recursos naturales; Planificar, concertar y cuidar que las
inversiones que se realizan se orienten a la ejecución de proyectos de
inversión que generen desarrollo, mejoramiento y resarcimiento del medio
ambiente, bienestar para la población, calidad educativa e investigación
técnico – científica, esto último en el caso de la universidad.
El Consejo de Canon debe estar constituido por representantes de
instituciones legítimas como colegios profesionales, sector educación,
salud, Cámara de Comercio e Industrias, Iglesia Católica y además, por
estar involucrados en el tema, deben participar un representante de los
trabajadores, del gobierno regional y de las municipalidades.
La imperfección en el manejo inadecuado de los recursos del canon
obligan a la necesidad de restarles atribuciones a las Municipalidades y
Gobiernos Regionales, pues como no hay otra forma que concertar y
planificar para que por lo menos en un tiempo de mediano y largo plazo
veamos frutos de lo que resta del canon ó una obra de impacto que
podamos admirar y palpar. Pero mientras tanto, antes del 15.06.2008, los
funcionarios del gobierno regional, así como los alcaldes han tenido la
obligación moral de rendir cuentas con la verdad, sometiéndose de manera
sincera a los juicios críticos que efectúe con todo derecho la
ciudadanía. |