24
Mié, Abr

Partidos y movimientos regionales deben solicitar inscripción de sus estatutos ante el JNE

Política
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

ERP. Hasta el próximo 31 de julio tienen plazo los partidos políticos y movimientos regionales con inscripción vigente para presentar las solicitudes de inscripción de sus respectivos estatutos y reglamentos electorales, recordó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

El propósito es que se adecúen al Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), que desarrolló e implementó las Leyes N.° 30995 y N.° 30998, aprobadas por el Congreso de la República como parte de la reforma política y que modificaron la Ley de Organizaciones Políticas y la Ley Orgánica de Elecciones.

De ese modo, tales agrupaciones políticas deben revisar y actualizar sus respectivos reglamentos electorales y estatutos, tomando en cuenta las mencionadas disposiciones legales y la norma estatutaria inscrita en el ROP. Para ello, sus cuadros directivos deben estar vigentes e inscritos en la partida respectiva. Luego, deberán proceder a solicitar la inscripción de dichos documentos.

El Pleno del JNE, mediante Resolución N° 000458-2021-JNE, dispuso que la citada adecuación se debe realizar en un solo acto, es decir, que se tiene que solicitar en conjunto la inscripción del Estatuto y Reglamento Electoral.

De acuerdo con la resolución, las fuerzas políticas que cuenten con sanciones impuestas por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), por no presentar su información financiera de manera oportuna, deberán acreditar que han cumplido con la sanción correspondiente al momento de presentar su solicitud.

Si las agrupaciones políticas no cumplen con la referida adecuación en el plazo señalado, la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas les suspenderá su partida electrónica hasta que procedan con la disposición.

El plazo de adecuación al Reglamento del ROP vencía el 16 de abril de 2020; sin embargo, debido a la declaratoria del estado de emergencia nacional y al aislamiento social obligatorio por la COVID-19, el JNE resolvió suspender dicho plazo. La referida adecuación se debía dar respecto de cuatro asuntos: Número mínimo de comités partidarios, número mínimo de afiliados, Estatuto y Reglamento Electoral.

La decisión del Pleno del JNE es que la suspensión de la adecuación por los dos primeros aspectos se mantenga, debido a que la continuación de la emergencia nacional no brinda las condiciones a las organizaciones políticas para captar nuevos afiliados y actualizar sus padrones y comités partidarios.

Diario El Regional de Piura
 

Publicidad Aral1

Paypal1