18
Jue, Abr

Jurado Nacional de Elecciones recuerda prohibición a candidatos de entregar dádivas

Política
Typography
  • Smaller Small Medium Big Bigger
  • Default Helvetica Segoe Georgia Times

ERP. Los candidatos que en su campaña proselitista entreguen dádivas como dinero, alimentos, medicina, agua, materiales de construcción u otros objetos de naturaleza económica, serán pasibles de drásticas sanciones que los pueden llevar hasta la exclusión de las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022, recuerda el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Así lo señala el Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador sobre conducta prohibida en propaganda electoral, que fue aprobado por el Pleno del JNE en diciembre del 2021, en el cual se indica que a esta máxima sanción se llega mediante un procedimiento gradual.

En la norma reglamentaria se establece que el Jurado Electoral Especial (JEE) correspondiente inicia, de oficio o ante una denuncia de parte, la investigación del caso y de determinar la infracción impone una multa equivalente a 30 UIT (138 mil soles).

Si el candidato infractor reincide en la conducta infractora se aplica la sanción de exclusión de la lista de candidatos a los comicios del próximo 2 de octubre.

El Reglamento también indica que la máxima sanción puede aplicarse de manera directa, cuando el JEE determina que las dádivas entregadas superan las 2 UIT (S/ 9 200). Además de las medidas señaladas, se corre traslado al Ministerio Público para que obre conforme a sus competencias.

De acuerdo a la norma, existen excepciones en la prohibición como la entrega de bienes para consumo individual e inmediato con ocasión del desarrollo de un evento proselitista gratuito o la entrega de artículos publicitarios considerados como propaganda, siempre y cuando no se supere el 0.3% de la UIT(S/13.80) por cada bien entregado.

Lo resuelto por los JEE puede ser apelado al Pleno del JNE, el cual resolverá en última y definitiva instancia. La exclusión de candidatos de los comicios solo puede ocurrir hasta 30 días antes del acto de sufragio, según lo establece la Ley de Organizaciones Políticas.

Diario El Regional de Piura
 

Publicidad Aral1

Paypal1