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Vie, Abr

Restringen tenencia de hijos/as en caso de feminicidio

Política
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congreso de la republicaERP. Padres asesinos, no podrán quedarse con tutela de hijos El Congreso de la República aprobó ley que limita la patria potestad en caso de feminicidio y otros delitos dolosos en agravio de la niñez. La medida busca evitar que un padre que asesinó o mató a su esposa, mantenga la tenencia de los menores que quedaron huérfanos.

“Cuando una persona asesina a la madre, causa a su hijo un perjuicio grave e irreparable, pero cuando además esa persona es el propio padre, el trauma es aún mayor”, expresó la legisladora Ana Solórzano, autora de la iniciativa.

Recordó que nuestro país se encuentra obligado internacionalmente con la firma de la Convención sobre los Derechos del Niño, que en su artículo 3º establece que “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, deberán tener una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.

Igualmente, que “los Estados partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y con ese fin tomarán todas las medidas legislativas y administrativas necesarias”.

En ese marco, el presidente de la Comisión de Justicia, Juan Carlos Eguren (PPC-APP), al sustentar el texto sustitutorio esta noche y luego del cuarto intermedio tras el debate realizado con anterioridad, señaló que en el nuevo dictamen, además del delito de feminicidio, se incluyen otros delitos dolosos como el parricidio previstos en el Código Penal y los establecidos en el Decreto Ley 25475, ley que establece la penalidad para los delitos de terrorismo y los procedimientos para la investigación, la instrucción y el juicio.

 

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