ERP. Se cumplió lo avizorado por José Pedro Castillo Terrones; es decir, el colegiado integrado por José Neyra Flores, Iván Guerrero López y Norma Carbajal Chávez, encontró culpable al expresidente, además Betsy Chávez Chino, Aníbal Torres Vásquez y Willy Huerta Olivas, delito de conspiración para cometer el delito de rebelión, desvinculación procesal planteado en el proceso.
Como se ha denunciado, en este proceso existía un fallo “antelado”, para ello y forzando pruebas, derivaron el delito de rebelión al de conspiración, asignándose una pena privativa de la libertad de 11 años, 5 meses y 15 días al igual que sus coacusados Betsy Chávez Chino, Aníbal Torres Vásquez cuya pena se reduce a 6 años y 8 meses por razones de edad;
Willy Arturo Huerta Olivas, también es encontrado culpable condenándolo a 11 años, 5 meses y 5 días; la Sala consideró que no existe peligro de fuga, suspendiéndose la ejecución de la pena, hasta que resuelva la segunda instancia, igual decisión se le aplicó a Betsy Chávez Chino y Aníbal Torres Vásquez.
Respecto a los daños que habrían implicado al Estado, la Sala determinó el quantum con valoración equitativa, proporcionalidad, de acuerdo al menoscabo producido, se precisó que la reparación civil será de 12 millones de soles a pagar de manera solidaria.
De igual manera se decidió la absolución de Manuel Elías Lozada Morales, Eder Antonio Infansón Gómez y Justo Venero Mellado, quienes eran señalados de ser parte del delito de rebelión; o conspiración; sin embargo, no se les encontró vinculación con el intento de golpe de Estado. La venta realizada por Betsy Chávez Chino de igual manera fue dejada sin efecto, por haberse realizado cuando era investigada. .

