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Vie, Abr

Manuel Vicente Villarán y el Estatuto Electoral de 1931

Miguel Arturo Seminario Ojeda
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ERP. Uno de los nombres que se menciona cuando se trata de la creación de, Jurado Nacional de Elecciones, en 1931, y de los personajes asociados a su existencia, es el de Manuel Vicente Villarán, trascendente, sin haber integrado el Comité que redactó el Estatuto de creación del Máximo Organismo Electoral en el Perú.

Por Miguel Arturo Seminario Ojeda

Director del Museo Electoral y de la Democracia de la DNEF del Jurado Nacional de Elecciones

Manuel Vicente Villarán Godoy, nació en Lima, el 18 de octubre de 1873, y murió en la misma ciudad, el 21 de febrero de 1958. Fue hijo del jurista Luis Felipe Villarán, y de Rosalía Godoy. Se le recuerda como docente universitario, jurista, y político peruano; y por el desempeño de cargos como los de ministro de Justicia, Culto e Instrucción, decano del Colegio de Abogados de Lima, senador de la República, y rector de la Universidad de San Marcos, durante el segundo gobierno de Augusto B. Leguía.

Se conoce que estudió en el reputado Colegio Nacional Nuestra Señora de Guadalupe, y que su formación académica se realizó en la Universidad de San Marcos, en la que se graduó de bachiller y doctor en Jurisprudencia. También estudió Ciencias Políticas y Administrativas, en la misma universidad, en la que integró la plana docente.

Como ministro de Justicia Culto e Instrucción, durante el primer gobierno de Augusto B. Leguía, impulsó sus proyectos de práctica sobre la educación, orientada a las profesiones liberales, y a preparar futuros ciudadanos capaces de apuntar hacia su propio desarrollo; y se preocupó por la formación del profesorado.

Manuel Villaran

Su ejercicio político

Villarán militó dentro del Partido Civil, del que fue un activo dirigente, llegando a ser senador por Junín entre 1917 y 1918. Integró la directiva de la mencionada agrupación política, a quienes sus cuestionadores consideraban como oligárquica. Junto con el cajamarquino Arturo Osores se manifestó partidario de los intereses de los propietarios del yacimiento petrolífero de La Brea y Pariñas, ubicados en Piura, ante las demandas generadas por el Estado peruano.

En 1919 se consideró la posibilidad de su postulación a la presidencia de la República por su partido político, sin que esto se haga realidad, porque finalmente el candidato fue Antero Aspíllaga, contendor con Augusto B. Leguía, quien finalmente se consolidó como Presidente Constitucional del Perú.

En 1922, cuando era rector de San Marcos, se difundió el propósito de reelección del presidente Leguía, mientras estallaron protestas de los estudiantes sanmarquinos, que eran de opinión contraria, haciendo frente a la policía, mientras Villarán trató de moderar esa protesta, pese a que al parecer no estaba de acuerdo con la reelección. Sin embargo, renunció al rectorado, y abiertamente combatió la reelección, escribiendo sobre lo que significaba mantener cautivo al poder por varios años, en una misma persona.

Los sucesos de 1930, protagonizados por el piurano Luis Miguel Sánchez Cerro, precipitaron la caída de Leguía, y al año siguiente, cuando una Junta de Gobierno, presidida por David Samanez Ocampo, gobernaba el Perú, se formó la comisión que redactaría un Estatuto Electoral, en el que se consideró la creación del Jurado Nacional de Elecciones.

El Estatuto Electoral de 193, fue una norma innovadora en el Sistema Electoral, al considerarse la creación de un organismo electoral autónomo, el voto secreto y obligatorio, la representación de las minorías y la tecnificación del Registro Electoral. El ciudadano común tuvo que ajustarse a la nueva realidad fomentada por el JNE a partir de la legislación vigente, como la existencia de la libreta electoral, y sobre el voto secreto propiciado por intelectuales como Manuel Vicente Villarán, que sin ser miembro de la Comisión que redactó el Estatuto Electoral, tuvo un comentario de opinión bastante aceptado.

Posteriormente, en 1931, integró y presidió la comisión encargada de preparar el Anteproyecto de una nueva Constitución Política, que tras ser debatida por el Congreso Constituyente elegido ese año, fue promulgada en 1933. Tres años después, en 1936, fue candidato a la Presidencia de la República en las elecciones de ese año, cuyos resultados fueron desconocidos por el presidente Oscar R. Benavides, pese al triunfo del piurano Luis Antonio Eguiguren Escudero.

Diario El Regional de Piura
 

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