ERP. El Pleno del Concejo de la Municipalidad Provincial de Sullana aprobó la ordenanza que sanciona a los transportadores por no implementar los protocolos de bioseguridad en sus unidades. La norma denominada “Reanudación gradual y progresiva de los servicios de transporte público y vehículos menores en Sullana” fue sustentada por el presidente de la Comisión de Transportes, regidor Erick Zapata.
De acuerdo con la norma, el aforo máximo permitido para las mototaxis y auto colectivos será de dos personas por unidad vehicular. En tanto, para los vehículos de la categoría M2 y M3 (microbús u ómnibus) el aforo máximo es del 50%, ubicando a los pasajeros de derecha a izquierda, de inicio hasta el final de los asientos.
En caso de incumplimiento, la sanción será del 5% de una UIT por las siguientes infracciones: por prestar el servicio sin utilizar mascarillas, por no contar con alcohol en gel o líquido para el uso del pasajero y conductor, y por transportar más de un pasajero sin contar con una división que prevenga el riesgo de contagio.
También, por estacionar y ocupar el espacio público con el vehículo menor en la vía pública fuera del horario de trabajo y fuera del paradero autorizado, y por no publicar en la parte interior del vehículo el acrílico con los protocolos de bioseguridad.