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Sullana: Jueza de Familia dispone internamiento de menor por infracción contra la vida, el cuerpo y la salud

Sullana
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ERP. La jueza del Segundo Juzgado Especializado de Familia de la Corte de Justicia de Sullana Líder Facundo Facundo declaró responsable a un adolescente de 17 años por la comisión a la infracción a la ley penal contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de homicidio calificado sentenciándolo a 5 años de internamiento en el Centro Juvenil “Miguel Grau” de Piura.

La magistrada dispuso que el sentenciado de iniciales B.A.S.CH. (17) junto con su progenitora por ser tercero civilmente responsable deberán pagar 15 mil soles por concepto de reparación civil a favor de la parte agraviada.

Los hechos se produjeron el 1 de abril del 2019 cuando el agraviado Anderson Raúl Urbina Castillo (21) fue acribillado cuando salía en su trimóvil cerca de las 03 de la madrugada, tras estar con un amigo en un conocido restaurante..

El adolescente según los testigos y videos iba en la motocicleta donde iban los atacantes (en medio) siguiendo a la víctima hasta que recibió los disparos a quemarropa, cuando estaba a unos metros de su vivienda en la cuadra 03 de la calle Santa Rosa, del A.H. Sánchez Cerro, para luego darse a la fuga.

Jueza de Familia dispone internamiento de menor por infracción contra la vida, el cuerpo y la saludJueza de Familia dispone internamiento de menor por infracción contra la vida, el cuerpo y la salud

La jueza Líder Facundo considera que si bien el adolescente niega haber estado en el lugar, las pruebas, dicen lo contrario y si bien no disparó el arma y menos actuó con ferocidad, sí tenía motivos para hacerle daño, porque tenía una riña con el ahora occiso.

Indica que el adolescente presenta una coautoría aditiva o agregada, la cual aparece cuando varias personas siguiendo la decisión común realizan al mismo tiempo la acción ejecutiva, pero sólo alguna o algunas de las acciones de dichas personas producirán el resultado típico.

Además según el protocolo de Pericia Psicológica N° 005905-2019-PSC, de fecha 21 y 28 de agosto del 2019, practicado al adolescente infractor está probado que presenta personalidad con estructuración dependiente, con tendencia a la extroversión, actuando con dificultades en su control de impulsos dejándose llevar por el momento y por el grupo.

Por ello dispuso al adolescente infractor la sanción de cinco años, de medida socio educativa de internamiento, pues la misma a diferencia de las demás medidas contempladas en el artículo 156° del Código de Responsabilidad Penal del Adolescente tiene por finalidad efectos de lograr la orientación, educación, rehabilitación y readaptación del adolescente infractor a la sociedad.

Debe saber

  • Por el plazo del periodo de internación el fiscal indicó que presentará recurso impugnatorio al igual que el abogado del adolescente infractor por considerarlo excesivo.
  • Los otros dos presuntos autores del crimen de Raúl Urbina, se encuentran procesados por homicidio calificado y uno de ellos con prisión preventiva.
Diario El Regional de Piura
 

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