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Vie, May

Ley de la Flagrancia es totalmente aplicable a delitos ambientales según Fiscala Silvia Rumiche

Piura
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ERP. La Ley de la Flagrancia es totalmente aplicable a los delitos ambientales, según lo indicó la Fiscala Silvia Rumiche Rochabrum, al analizar los diversos problemas que se presentan en la explotación de recursos hidrobiológicos en el mar piurano y precisar los supuestos que rigen después de la aplicación obligatoria de esta norma que permite sancionar de una manera inmediata hechos delictivos.

Al referirse a los delitos ambientales, precisó que es requisito indispensable tener el informe técnico de las autoridades competentes o sectoriales, los cuales sustentan el proceso inmediato; aunque indicó en una consulta que los informes sectoriales se solicitan y muchas veces tardan en llegar o simplemente, pese a requerirlo, no llegan.

Existe una denuncia constante de los pescadores artesanales de la región Piura, sobre todo por la pesca ilegal que realizan algunos pescadores informales, situación que es violatoria a las normas dadas por el sector pesquera; en tal sentido, se requiere que haya un mayor control de Capitanía de Puerto, del Ministerio de la Producción, Dirección Regional de Producción y sobre todo el Ministerio Público.

Con la aplicación de la Ley de Flagrancia, se puede realizar sentencias a la brevedad del caso y los delitos ambientales no están exentos de su aplicación; lo que deberá contemplar los pescadores de embarcaciones de arrastre, las cuales muchas veces ingresan al espacio de las 5 millas, el cual es usado por los pescadores artesanales, causándoles perjuicio.

La Dra. Rumiche Rochabrún, participó en el Primer seminario teórico práctico para periodistas denominado "El Mar Tropical del Perú" organizado gracias a la alianza entre la Universidad de Piura y Naturaleza y Cultura Internacional, se realizó.

 

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