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Mar, Abr

Oficializan resolución que declara en emergencia por déficit hídrico a 37 valles

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ERP. Se oficializó hoy la Resolución Jefatural N° 313-2016 ANA que declara el estado de emergencia de recursos hídricos por peligro inminente de déficit hídrico en las Administraciones Locales del Agua de las Autoridades Administrativas del Agua Jequetepeque-Zarumilla, en La Libertad, Caplina-Ocoña, Arequipa; y Titicaca, Puno.

La declaratoria del estado de emergencia de recursos hídricos por peligro inminente de déficit hídrico comprende 28 unidades hidrográficas que involucran a las Administraciones Locales de Agua de San Lorenzo, Chira, Alto Piura–Huancabamba, Medio y Bajo Piura.

También, Motupe-Olmos-La Leche, Chancay-Lambayeque, Zaña, Jequetepeque, Camaná-Majes, Colca-Siguas-Chivay, Caplina-Locumba; y Huancané y Ramis.

La declaratoria del estado de emergencia rige por 90 días calendario.

La norma dispone la instalación de comités de coordinación de emergencia en cada Administración Local del Agua comprendida en la zona declarada en emergencia, en los que deberán participar los operadores de infraestructura hidráulica, representantes de los gobiernos regionales y de los diferentes sectores de usuarios de agua.

Estos comités deberán elaborar planes de contingencia en un plazo no mayor de 10 días hábiles, y ser presentados a sus respectivas Administraciones Locales de Agua para su aprobación.

Estos planes deberán contemplar restricciones en la captación, distribución y uso de agua; modificaciones de planes de distribución de agua; y, priorización de acciones de operación y mantenimiento que permitan reducir las pérdidas de agua en muy corto plazo.

Asimismo, las Autoridades Administrativas del Agua deberán establecer restricciones en el ejercicio de las asignaciones de agua en un plazo no mayor de diez (10) días, y ser ejecutadas mientras dure la emergencia por los operadores de infraestructura hidráulica bajo la supervisión de la Administración Local del Agua, respectiva.

Las Administraciones Locales del Agua correspondientes, en coordinación con los operadores de infraestructura hidráulica deberán identificar los pozos que puedan ser implementados en el más breve plazo.

Las Autoridades Administrativas del Agua, a través de sus órganos desconcentrados, deberán reportar quincenalmente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, hasta que dure la emergencia los avances en el cumplimiento de las medidas de protección, control y suministro de recursos hídricos.

Solo se priorizará el uso poblacional sobre el caudal ecológico. En este caso se descontará del caudal ecológico para el uso poblacional lo que deberá estar consignado en el Plan de Contingencia, debiendo mantenerse el caudal ecológico remanente de forma permanente en el cauce.

De acuerdo a los considerandos de la resolución, la "declaratoria de estados de emergencia de recursos hídricos es una medida de carácter extraordinario y transitorio que se adopta cuando se presentan eventos hidrológicos extremos, situaciones de riesgo para la calidad del agua u otros eventos que requieran acciones inmediatas para mitigar sus efectos".

La Autoridad Nacional del Agua (ANA) declarará los estados de emergencia de recursos hídricos dictando las medidas pertinentes para que las aguas sean protegidas, controladas y suministradas en beneficio de la colectividad e interés general, atendiendo preferentemente el abastecimiento de las poblaciones y las necesidades primarias.

Según el Boletín de Monitoreo de condiciones secas y húmedas elaborado por el Senamhi, octubre y noviembre del 2016, en cuanto al mapa de precipitaciones para octubre se registraron anomalías negativas entre -15 a -100 por ciento a lo largo del flanco occidental de los andes, al norte desde Tumbes hasta La Libertad, en el centro de la sierra de Lima y al sur desde Huancavelica hasta Tacna y en lo que lo que va de noviembre a escala nacional predomina un escenario deficiente.

En ese contexto, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos afirma que del análisis comparativo de anomalías de precipitación, se observa que las anomalías negativas en noviembre 2016, en comparación con noviembre de 2015, se han acentuado sobre todo en las regiones norte y sur del país.

Asimismo, la información de los caudales de los ríos y los volúmenes almacenados en las principales presas de la costa norte, costa sur y el altiplano muestran un descenso progresivo hasta noviembre, concluyendo que existen evidencias técnicas científicas para establecer una declaratoria del estado de emergencia ante el Peligro inminente de déficit hídrico en 28 unidades hidrográficas, ámbito donde se encuentran asentados 3 millones 642,601 pobladores, en una extensión de 97,516 kilómetros cuadrados. (Andina)

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