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Dom, Abr

INEI actualizará registro nacional de Municipalidades 2015

Lima
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Municipalidad de PiuraERP. El Instituto Nacional de Estadística e Informática informó que el 1 de setiembre de 2015 se iniciará la actualización del Registro Nacional de Municipalidades – RENAMU 2015, en las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados menores de todo el país, según lo dispuesto en la Resolución Jefatural Nº 313-2015-INEI, publicada el 29 de agosto del presente año en el Diario Oficial El Peruano.

Este registro permitirá contar con información estadística actualizada de dichas entidades a nivel nacional, y así generar indicadores municipales que sirvan de apoyo a la gestión del gobierno nacional, regional y local, para la planificación y la adecuada toma de decisiones.

Para tal efecto, el INEI proporcionó a los municipios a nivel nacional, un usuario y una clave de acceso para ingresar a la dirección electrónica http://censos.inei.gob.pe/renamu/2015/formulario/, donde podrán diligenciar el “Formulario 01: Registro Nacional de Municipalidades 2015”. Asimismo, el formulario ha sido remitido en versión electrónica (CD) e impresa, los cuales podrán ser utilizados en caso de tener dificultades de acceso a internet.

Municipalidades podrán entregar la información hasta el 30 de setiembre de 2015

El plazo máximo para la entrega del formulario debidamente llenado vence el 30 de setiembre de 2015. La recepción del mismo, en el departamento de Lima será en la sede central del INEI y en el interior del país en las oficinas departamentales y zonales de la Institución, cuyas direcciones se encuentran disponibles en la página web http://www.inei.gob.pe/sedes/.

Las personas que necesiten apoyo u orientación sobre el diligenciado del formulario, podrán comunicarse al e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., o llamar a los teléfonos (01) 203-2640 / 652-0000 anexos 9384, 9385 y 9387.Ç

Municipalidades que no remitan información solicitada serán sancionadas de acuerdo a ley Las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido serán sancionadas conforme a lo dispuesto en los artículos 87°, 89° y 91° del Decreto Supremo Nº 043-2001 PCM. El pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información requerida.

 

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