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Dom, May

Promulgan Ley estableciendo como delito los actos crueles contra animales domésticos y silvestres

Lima
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ERP. Luego de su aprobación en el Congreso, el Gobierno promulgó la Ley de Protección y Bienestar Animal que sanciona con prisión a aquellas personas que cometan actos crueles contra animales domésticos vertebrados o silvestres. La norma dispone que toda persona tiene el deber de proteger a los animales y que el propietario debe tener un ambiente adecuado según el requerimiento de cada especie, así como mantener su cuidado y vacunación al día.

En el artículo 8 de la ley, se indica que los gobiernos locales deberán fomentar la creación y funcionamiento de albergues temporales de animales en estado de abandono, los cuales contarán con el apoyo del Colegio Médico Veterinario.

En cuanto a las prohibiciones, se establece que está penado con cárcel el abandono de animales en la vía pública ya que constituye un acto de maltrato y riesgo para la salud pública, por lo que los gobiernos regionales y locales tendrán facultades para disponer de mecanismos necesarios a fin de controlar dicha situación.

Según la ley, se prohíbe el sacrificio de animales de granja en la vía pública, crianza y traslado insalubre de los mismos. También, ya no se podrá experimentar con animales vivos con excepción de que sea para el estudio y avance de la ciencia.

La norma sanciona las amputaciones estéticas innecesarias del animal de compañía (rabo, orejas) que impidan su capacidad de expresión y estas sólo estarán permitidas en caso de ser de riesgo para su salud.

Cabe indicar que en cualquiera de estos casos, se establece pena de cárcel no mayor a tres años para quienes maltraten a un animal y de cinco años en caso de ocasionarle la muerte.

 

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